(1)        BOPV 182/10.12.1983.

(2)        Derogada por la Ley 5/1990, de 15 de junio, de elecciones al Parlamento Vasco (BOPV 134/06.07.1990). Véase también la STC 154/1988, de 21 de julio (BOE 203/24.08.1988). Los artículos declarados inconstitucionales se destacan en color.

(3)        Normas de desarrollo:

-    Orden de 27 de enero de 1984, del Consejero de Economía y Hacienda, sobre determinación de secciones y mesas electorales (BOPV 19/30.01.1984, corrección de errores BOPV 21/01.02.1984).

-    Decreto 31/1984, de 29 de enero, del Comité para Radio y Televisión, modificado por el Decreto 47/1984, de 13 de febrero (BOPV 18/27.01.1984).

-    Decreto 42/1984, de 30 de enero, sobre el libro de contabilidad de las candidaturas que concurran a las elecciones al Parlamento Vasco (BOPV 26/07.02.1984).

-    Decreto 40/1984, de 6 de febrero, de la cesión de espacios gratuitos en los medios de comunicación públicos, modificado por el Decreto 48/1984, de 13 de febrero (BOPV 26/07.02.1984).