(1) BOPV 182/10.12.1983.
(2) Derogada por la Ley 5/1990,
de 15 de junio, de elecciones al Parlamento Vasco (BOPV 134/06.07.1990). Véase
también la STC 154/1988,
de 21 de julio (BOE 203/24.08.1988). Los artículos declarados
inconstitucionales se destacan en color.
(3) Normas de desarrollo:
- Orden
de 27 de enero de 1984, del Consejero de Economía y Hacienda, sobre determinación
de secciones y mesas electorales (BOPV 19/30.01.1984, corrección de errores
BOPV 21/01.02.1984).
-
Decreto 31/1984, de 29 de enero, del Comité
para Radio y Televisión, modificado por el Decreto 47/1984, de 13 de febrero
(BOPV 18/27.01.1984).
-
Decreto 42/1984, de 30 de enero, sobre el
libro de contabilidad de las candidaturas que concurran a las elecciones al
Parlamento Vasco (BOPV 26/07.02.1984).
-
Decreto 40/1984, de 6 de febrero, de la
cesión de espacios gratuitos en los medios de comunicación públicos, modificado
por el Decreto 48/1984, de 13 de febrero (BOPV 26/07.02.1984).